Canon digital: Morgado se reunió con un grupo de blogueros
Ayer por la tarde Claudio Morgado se reunió con un grupo de blogueros para tratar la cuestión del canon digital y el proyecto de Ley de la Música. En la reunión además estuvieron un periodista de PAGINA 12 y Pablo, del blog la Barbarie, quien propuso el encuentro. No asistió Pablo Mancini, que había sido invitado, ni estuvo presente ningún representante de los músicos que impulsan la ley.
Tanto Morgado como los blogueros coincidieron en su oposición al canon digital propuesto en el proyecto de ley que Músicos Convocados había publicado en su página web hasta comienzos de esta semana. El diputado nacional remarcó que los representantes de la Unión de Músicos Independientes (UMI), en las dos reuniones que mantuvieron con él, previas a la entrada que publicó en La Barbarie, nunca evidenciaron posiciones encontradas respecto al artículo 21, que establecía el canon para financiar un fondo de fomento cultural que se creaba a partir de la ley; y fueron renuentes a considerar otras alternativas al gravamen. Morgado ya había comentado esta situación en el blog de Pablo Mancini y en No al Canon -un blog informativo que trata la cuestión del canon digital en Argentina-:
En la ultima [sic] reunion que sostuvimos con los musicos, cuestionamos el tema de la financiacion del Instituto mediante el canon digital, sugiriendo otras formas (modificacion de imp. a las Ganancias, etc.).
Estas consideraciones no fueron siquiera tomadas en cuenta, supeditando la creacion del Inst. de la Musica, al mecanismo estipulado por el Capitulo I Art 21 Titulo III: Crease el Fondo de Fomento………etc.'EL MISMO ESTARA CONFORMADO POR LOS IMPORTES QUE SE RECAUDEN´POR LOS IMPORTES QUE SE RECAUDEN [sic] POR LA IMPLEMANTACION DE UN CANON A TODO OBJETO QUE PERMITA EL ALMACENAJE, GRABACION Y/O REPRODUCCION DE MUSICA E IMAGEN.
Este es el articulo que ahora esta modificado (?).
Sobre este último punto, Morgado les aseguró que estaría atento a la cuestión de la ley paralela a la Ley de la Música que ahora menciona el artículo 21 como fuente de financiamiento del fondo de fomento.
En cuanto a la creación del Instituto de la Música comprendido en el proyecto, insistió en separar éste tema de la propuesta del canon digital y darle un debate aparte, como ya lo había señalado en su entrada en La Barbarie, además de la discusión respecto al financiamiento de la entidad.
Días atrás, en el blog de Pablo Mancini, Malena Graciosi, músico independiente e integrante del grupo de Músicos Convocados que redactó el proyecto de Ley de la Música, responsabilizó a Morgado de vincular en los medios la creación del Instituto de la Música con la implementación del canon, siendo que durante la última reunión entre los músicos y el político, las partes que discutían el gravamen se habrían comprometido a considerar otras fuentes de financiamiento “que no perjudicaran ni a la industria, ni al usuario y que no pusiesen en riesgo la viabilidad de todo el proyecto”.
Cabe aclarar que en el proyecto de Ley de la Música propuesto por Músicos Convocados, en el CAPÍTULO II: DE LOS RECURSOS se establece el Fondo de Fomento a la Cultura creado en el artículo 21 entre otras fuentes de recursos:
Artículo 22: El INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA contará con los siguientes recursos:
a) Los importes girados por el Fondo de Fomento a la Cultura;
b) Importes surgidos de multas, intereses, recargos y demás sanciones pecuniarias que se apliquen por disposición de la presente ley;
c) El diez por ciento (10%) del total de las sumas efectivamente percibidas por el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) o el organismo que se cree en su reemplazo, en concepto de gravamen. Estos fondos deberán ser transferidos automáticamente y en forma mensual al INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA. La reglamentación fijará la forma de la transferencia de los fondos de un organismo a otro. El porcentaje a aplicar sobre la totalidad de las sumas que deba transferir dicho organismo podrá ser variado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL únicamente en el supuesto de modificarse lo previsto en la Ley 22.285, en cuyo caso la variación del porcentual deberá ser tal que el valor absoluto de las sumas a transferir sea igual al existente al momento de la modificación;
d) Las contribuciones y subsidios, herencias y donaciones, sean oficiales o privadas;
e) Las rentas, frutos e intereses de su patrimonio;
f) Los provenientes de la venta de bienes, locaciones de obra o de servicios, así como las recaudaciones que obtengan las actividades musicales especiales dispuestas por el INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA;
g) El cinco por ciento (5%) sobre la recaudación bruta que genere la actuación de un Músico Extranjero o Agrupación Extranjera que se presente en el ámbito del territorio nacional a ejercer el arte de la música;
h) Fondos provenientes de servicios prestados a terceros y de las concesiones que se otorguen en oportunidad de la realización de eventos vinculados al quehacer musical;
i) La comercialización de espacios de publicidad que se contraten en los espectáculos que produzca;
j) Los aportes eventuales de las jurisdicciones provinciales o municipales, los que ingresarán directamente a la cuenta de la subsede respectiva, con destino a la actividad musical nacional;
k) Los aportes eventuales de organismos internacionales; y
l) Todo otro ingreso no previsto en los incisos anteriores que se derive de la gestión del organismo;
Graciosi consideró que Morgado hizo demasiado foco en la cuestión del gravamen como principal fuente de financiamiento del Instituto, sin atender el resto de los puntos que trataba la ley.
No estoy sorprendida de que una vez mas un diputado haga cosas que me parecen inexplicables, pero lo que realmente me cuesta creer es que alguien que dice pretender colaborar en algo, por no medir la responsabilidad que implica lo que declara y la forma en que lo hace, destruya el trabajo sostenido y desinteresado económicamente, de mucha gente durante 2 años, porque seamos sinceros, a partir de ahora y según tus palabras, hablar de Ley de la Música, o Instituto es sinónimo de canon, o sea gasto para la sociedad y no de mejoras para el sector de la música, que es de lo que se trata el proyecto que recibiste.
Ante este cuestionamiento, Morgado volvió a indicar que los músicos que le presentaron el borrador del proyecto durante las reuniones no quisieron discutir otras alternativas al canon, y ahora, han modificado el artículo 21 por las críticas que recibió en los blogs.
No obstante, se mostró favorable a una nueva reunión, pública, con los músicos que impulsan la ley.
cabanyasnahuel @ 18:35 Tags: canonargentina

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