Morgado reabre el debate por el canon digital
El diputado nacional Claudio Morgado volvió a tratar la cuestión del canon digital en La Barbarie, donde propuso reabrir el debate, esta vez, sobre los temas relacionados con la implementación o no del gravamen: entre ellos, “la dicotomía Derechos de Autor/Copyright Vs. Cultura Libre/Software libre”, que incluye la discusión entorno a las “compensaciones” que deberían recibir los autores por los supuestos daños que les ocasionaría, por ejemplo, determinadas bajadas de sus archivos musicales a través de Internet; y la legislación argentina sobre la copia privada. Sin embargo, Morgado sigue sin aclarar qué vinculación tienen estos temas con el proyecto de Ley de la Música impulsado por Músicos Convocados y el canon que en un principio establecía para financiar un fondo de fomento cultural. Ya que el debate comenzó en base a su propia interpretación del proyecto, más precisamente, del artículo 21, y no de lo que decía el texto original.
En la primera entrada que escribió Morgado sobre el tema en La Barbarie, la que abrió la discusión, dio a entender que el canon del proyecto de Ley de la Música que le acercó la Unión de Músicos Independientes (UMI) establecía el gravamen sobre la copia privada -de hecho, el mismo título de la entrada lo dice-. Además, reflexionó, éste “surgiría de la necesidad de compensar, de alguna manera, los derechos intelectuales (fonográfico, de producción, etc.) de los autores, quienes se verían perjudicados por las reproducciones impagas de sus obras”. En cambio, en el artículo original de dicho proyecto no se mencionaban ninguno de estos dos conceptos: ni la compensación, ni la copia privada.
Créase el Fondo de Fomento a la Cultura, el cual estará bajo la administración de un ente formado por el INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA, INSTITUTO NACIONAL DEL CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA), INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO y las entidades de gestión colectiva. El mismo estará conformado por los importes que se recauden por la implementación de un cánon a todo objeto que permita el almacenaje, grabación y/o reproducción de música e imagen.
La gran mayoría de los blogs que abordaron la cuestión, no obstante, criticaron el canon partiendo de la interpretación de Morgado; aunque él mismo, días más tarde, aclaró en una entrevista radial que el gravamen a la copia privada y el canon digital “son cosas diferentes”. Pocos remarcaron esta sutil diferencia: Marcelo en Perrofrío; Mariano Amartino en su blog, Denken Über; y también en éste blog se señaló ese detalle fundamental.
Sin embargo, a raíz de las críticas que recibió el proyecto, principalmente por estos dos temas, el canon fue suprimido y la financiación del fondo de fomento cultural pasó a depender de una ley pararlela a la Ley de la Música, sin mayores precisiones. Si bien Diego Boris, titular de la UMI, rechazó que los músicos hayan propuesto el gravamen, Diego Macciocco, de Músicos Convocados, explicó a LA RAZÓN “que ante el desvío que se produjo de la intención original -la sanción de una Ley de la Música- el polémico artículo sobre el canon fue modificado y ahora no figura tal impuesto”.
En tanto, la creación del Instituto de la Música, al que iba a servir de financiamiento el canon, siguió quedando al margen del debate. Y éste es el cuestionamiento que Malena Graciosi -quien integra el grupo redactor del proyecto- le hizo a Morgado en el blog de Pablo Mancini: que el diputado se concentró demasiado en el financiamiento y no en la creación del Instituto y las mejoras para el sector de la música. A su vez, él le respondió que la discusión era sobre el canon, y en aquella entrada inicial aclaró que la constitución de esa entidad amerita un debate en sí mismo. En ésta última entrada dedicó varios párrafos del comienzo al tema.
cabanyasnahuel @ 17:18 Tags: canonArgentina

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